Profesión jurídica de Japón
La profesión jurídica en Japón comprende 3 campos principales:
* La judicatura
* Los fiscales públicos
* La abogacía
Una división profesional como esta no debe equipararse como sinónimo absoluto de la división profesional que experimentamos en México o en el mundo occidental.
La judicatura
El artículo 76 de la Constitución vigente confiere el ejercicio del Poder Judicial en una Corte Suprema y en las cortes inferiores establecidas por la ley. La Suprema Corte en su calidad de máximo tribunal en Japón se integra por un magistrado presidente y 14 magistrados. El emperador nombra al magistrado presidente basado en la nominación del gabinete, a su vez el gabinete nombra a los magistrados con la aprobación del emperador.

La ley de la judicatura (1947) contempla 4 tipos de jueces inferiores:
* Presidentes de corte de apelación.
* Jueces.
* Jueces asistentes.
* Jueces de cortes sumarias.
Según el artículo 80 constitucional, los jueces inferiores son nombrados por el gabinete de entre listas de candidatos nominadas por la Corte Suprema y el nombramiento es por un término de 10 años, con la posibilidad de sucesivas prorrogas hasta la obligatoriedad de 65 años para retirarse.
Fiscalía pública
Se encuentra organizado jerárquicamente y centralizándose como una división administrativa dentro del Ministerio de Justicia (Shiho Sho), el cual es el departamento gubernamental que se encarga además de la administración de centros penitenciarios, la aplicación del examen nacional de la barra y la representación del gobierno en los juicios en que este sea parte. Conforme a la Ley de la Oficina de la Fiscalía Publica (LOFP), los fiscales públicos se dividen en 2 clases para efectos de antigüedad y categoría laboral, y su jerarquía está en función del tribunal al cual se encuentran adscritos, los de más elevado estatus están asignados a la Corte Suprema y a las cortes de apelación; la cima de la jerarquía le corresponde a un fiscal general (art 7,8 y 15 LOFP).
Los fiscales públicos cuentan con 3 privilegios:
* No pueden ser removidos ni suspendidos de su cargo salvo por llegar a la edad de retiro obligatorio: 65 años para el fiscal general y 63 para todos los demás fiscales.
* Cuentan con la garantía de irreductibilidad de salarios.
* Están investidos con una autoridad discrecional para determinar si se ejerce o no la acción penal.
La abogacía
La abogacía como una profesión (bengoshi) existió en Japón hasta finales del siglo XIX, con la promulgación de la Ley de la Abogacía en 1893. Sin embargo, el kujishi, era una especie de auxiliar administrativo que desde el periodo de Tokugawa cumplía también la labor de redactar documentos legales y asesor a los súbditos que comparecían ante funcionarios fiscales, si bien se les negaba la posibilidad de representar a sus clientes ante las cortes. Con la restauración de la Dinastía Meiji se reconoció en 1872 la figura del saigennin, una mezcla de consultor y representante al que se le exigiera calificaciones profesionales demostradas a través de los exámenes de la barra, y que por la poca aceptación social de sus servicios solo fue una figura de transición hacia el abogado moderno, el bengoshi, creados a través de la Ley de la Abogacía antes mencionada. La nueva ley permitía numerosas excepciones al examen profesional, lo que provoco un rápido crecimiento en la disponibilidad de abogados y la sobreoferta de sus servicios. Con la expedición de la Ley de la Abogacía en 1949, se creó la Federación Japonesa de Asociaciones de Barras (Nichibenren). El artículo 1° de esta ley representa el reconocimiento oficial de la profesión de abogado como “el protector de los derechos humanos fundamentales” y el más importante factor en la realización de la justicia social. Cuando un abogado opta por ejercer como abogado (bengoshi) debe registrarse en la Federación Japonesa de Asociaciones de Barras de a traves de una de las 52 barras locales.
Esta federación es un organismo público que opera independientemente de la autoridad gubernamental con propósitos de asociación, supervisión y guía de los abogados miembros.Los jueces y fiscales públicos tienen prohibida la membrecía en la federación de barras, en una tradición proveniente del periodo de Tokugawa.
Este es el tema de Luisa Magos.
ResponderEliminarMatrícula 237651